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Peugeot 2008 Mercosur, similar al europeo: ¿Se fabricará en Argentina?

Utilizaría la misma plataforma CMP sobre la cual se fabricará la nueva generación del 208 de origen local. Se estima llegue al país a partir del 2021.



Mientras estamos a la espera del nuevo Peugeot 208 II, modelo que antes de la cuarentena obligatoria que dictó el Gobierno Nacional, tenía previsto estar en la calle el mes de abril, acaba de develarse la nueva silueta del 2008.

El modelo apareció en Brasil. Se filtraron los registros que hizo Peugeot en el Instituto Nacional de la Propiedad Industial (Inpi), lo que sería el INTI en nuestro país. Se puede apreciar una imagen con un frontal donde se aprecia faros y luces led diurnas y llantas de aleación, de una versión evidentemente tope de gama y otra variante con faros de luces halógenas y llantas más simple, propias de una entrada de gama.


El dato importante es que el SUV pequeño, el cual ahora si se asemeja al Peugeot 3008, compartirá la plataforma CMP (debutó en nuestro mercado con el DS3 Crosbck), la cual justamente utilizará la nueva generación del 208 II, que saldrá de las líneas de producción de la planta que PSA, tiene en el Palomar (Argentina).


Esta plataforma, tiene una base estructural más liviana, con mayores refuerzos estructurales para obtener mejores calificaciones en pruebas de choque, con una distribución de componentes que permite adoptar mecánicas nafteras, diesel, híbridas y 100% eléctricas y que lógicamente, está pensada como base para otros modelos.


De allí, surge la especulación que la venidera generación del SUV chico del león, ya no provenga de la planta brasilera de Porto Real, sino que se convierta en el otro modelo del león de producción nacional (en la panta local ya se producen Peugeot Partner, Citroën Berlingo, Peugeot 308, Peugeot 408 y Citroën C4 Lounge y el nuevo Peugeot 208).


Las fotos reales de este informe, pertenecen al Peugeot 2008 europeo, con el cual guarda mucha similitud desde lo estético. Pero según el sitio brasilero revitaesporteglobo, tendrá algunos diferenciales para el Mercosur. Su despeje será mayor, su baúl tendrá capacidad para albergar 434 litros (el actual tiene 355 litros).

Así mismo, el SUV crecerá en todas sus proporciones: 14 cm más de largo (4,30 metros) y 6 centímetros más de distancia entre ejes (2.60 metros), por lo que el 2008 tendrá más espacio y mejor habitabilidad que el actual.


Por dentro, se aproxima muchísimo al 3008 y 5008. El volante tiene un diámetro pequeño, con un nuevo diseño , botones que controlan algunas funciones en forma de teclas de piano, panel de instrumentos totalmente digital y centro multimedia de 10 pulgadas.

En el viejo continente el 2008 tiene tres opciones de motores, que van desde un naftero, un turbo diésel y hasta eléctrico 100%, con un rango de potencias que van desde los 100 a 155 CV.

Para el Mercosur, el modelo tendrá debajo de su capot el motor turbo PureTech de 1.2 cilindros con tres potencias: 100, 130 y 155 CV. Y también podría una versión eléctrica con 136 CV, es decir la misma planta motriz del Peugeot e-208.

Se calcula que el modelo será uno de los grandes lanzamientos del grupo PSA del año que viene y que convivirá por un tiempo con la actual generación del SUV 2008.

Vale recordar que la actual generación del 2008 proviene de Brasil.

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CORONAVIRUS: ¿Qué documentación hay que llevar para viajar en transporte público?

Hasta el 31 de marzo solo pueden usar trenes, colectivos y subtes las personas exceptuadas del Aislamiento social preventivo y obligatorio. Te contamos qué documentación llevar según la situación.



La cuarentena que hace algunos días se vive en la Argentina impuso un cambio de hábitos y actividades en diferentes sectores de la población, y hay que adaptarse a ello.

Para quienes tienen que seguir saliendo de casa para realizar tareas esenciales, el Ministerio de Transporte de la Nación dispuso la continuación del servicio del transporte público. Para ello, deben llevar algunos documentos que les permiten viajar.

Estos varían  según la excepción, y son los siguientes:

Excepción de trabajo

Quienes viajan porque su trabajo está dentro de las tareas esenciales que están exentas de la cuarentena obligatoria, deben llevar:
  • DNI
  • Certificado que debe otorgarle su empleador

Para atender a mayores:

Para traslado de niñas/os y adolescentes

Las declaraciones juradas se pueden imprimir o hacer a mano en una hoja en blanco copiando todos los datos pedidos cada formulario publicado en la web

¿Quiénes pueden viajar en transporte público?

Hasta el 31 de marzo, los servicios de transporte público funcionarán con cronograma de fin de semana o feriado, para que viajen exclusivamente las personas que quedan exceptuadas de la norma de Aislamiento Social Preventivo Obligatorio dictada por el gobierno nacional.
  • Actividades y servicios declarados esenciales:
    • Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
    • Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
    • Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
    • Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
    • Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
    • Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
    • Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
    • Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
    • Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisual, radial y gráfica.
    • Personal afectado a obra pública.
    • Supermercados mayoristas y minoristas, y comercios minoristas de proximidad, farmacias, ferreterías, veterinarias y provisión de garrafas.
    • Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
    • Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
    • Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil, y servicios digitales.
    • Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
    • Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
    • Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
    • Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
    • Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
    • Servicios de lavandería, postales y de distribución de paquetería, de vigilancia, limpieza y guardia.
    • Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
    • Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BCRA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
    • Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias podrán solicitar autorización a la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, para no discontinuar su producción, reduciendo al mínimo su actividad y dotación de personal.
    • Operación de centrales nucleares.
    • Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. También deberán garantizar las prestaciones a las personas que se hallaren alojadas en los mismos a la fecha del dictado del Decreto N° 297/20.
    • Dotación de personal mínima necesaria para la operación de la Fábrica Argentina de Aviones Brig. San Martín S.A.
    • Las autoridades de la Comisión Nacional de Valores podrán autorizar la actividad de una dotación mínima de personal y de la de sus regulados, en caso de resultar necesario.Operación de aeropuertos. Operaciones de garages y estacionamientos, con dotaciones mínimas.
    • Sostenimiento de actividades vinculadas a la protección ambiental minera.
    • Curtiembres, con dotación mínima, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica.
    • Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, podrán vender sus productos a través de servicios de reparto domiciliario, con sujeción al protocolo específico establecido por la autoridad sanitaria. En ningún caso podrán brindar servicios con atención al público en forma personal.

    ¿Dónde se puede cargar la SUBE?

    La tarjeta SUBE continúa funcionando con normalidad para aquellas personas exentas del aislamiento social preventivo y obligatorio.

    Se puede realizar la carga en efectivo en estaciones de tren y subte, almacenes, farmacias, supermercados, kioscos.

    De forma electrónica a través de las aplicaciones de pago, homebanking o cajeros automáticos. Luego hay que acreditar esa carga en: la aplicación Carga SUBE beta o en una Terminal Automática. Para conocer su ubicación ingresar en la web de SUBE.

    Los centros de atención de SUBE se encuentran cerrados pero todos los trámites se pueden realizar desde la web argentina.gob.ar/SUBE. 
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