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La venta de usados cae levemente en agosto

Después de varios meses de crecimiento, el sector empieza a sentir la crisis, tal como pasa con los 0km. El impacto todavía es muy leve ya que la brecha de precios con los nuevos se mantiene todavía muy grande

  El cambio de escenario que hace unos meses empezó a repercutir en el segmento de autos 0km, con una caída que llegó en agosto a 25%, se sintió ahora en el mercado de usados. De acuerdo la  Cámara del Comercio Automotor (CCA), en agosto se vendieron en el país 161.733 vehículos usados, una baja del 1,65% con respecto a igual mes del 2017, cuando se comercializaron 164.440 unidades. En el acumulado de los 8 primeros meses del año, el volumen llega a 1.189.277 unidades, un crecimiento del 4,95% con respecto a igual período del año pasado, cuando se vendieron 1.133.225 vehículos. La única buena noticia es que, comparado con julio (153.219 unidades), la suba llega al 5,56 por ciento. Alberto Príncipe, presidente de la CCA, “explicó que pese a que el mercado de autos usados ha entrado nuevamente en una curva descendente de volumen de ventas y rentabilidad, los números de agosto reflejan un crecimiento con respecto a julio y una venta prácticamente igual con agosto de 2017″. Luego agregó: “Esto ocurre porque, pese al fuerte aumento de precio que está sufriendo el auto 0km, el usado no trasladó en forma tan rápida ese aumento y por lo tanto, ha quedado como una excelente oportunidad de compra”. Sin embargo, dado que los analistas económicos están planteando un futuro inmediato de recesión para el país, también cambian las proyecciones en su negocio. “Como es de esperar, nuestro sector no va a escapar de este pronóstico. Por lo tanto, debemos ajustar nuestra expectativa y recalcular nuestros costos para poder afrontar esta realidad que se nos presenta”, comentó el directivo. Por modelos, los 10 más vendidos de agosto entre los usados son:
  1. Volkawagen Gol y Gol Trend: 11.274
  2. Chevrolet Corsa y Classic: 7.478
  3. Renault Clio: 5.105
  4. Toyota Hilux: 4.420
  5. Ford Fiesta: 4.138
  6. Fiat Palio: 4.133
  7. Ford Ecosport: 3.838
  8. Ford Focus: 3.332
  9. Ford Ranger: 3.185
  10. Ford Ka: 3.100

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Cédula Provisoria: ¿quién deberá tramitarla?

La Dirección Nacional de los Registros Nacionales del Automotor y de Créditos Prendarios (Dnrpa) presentó una nueva “tarjeta” que deberán gestionar para circular algunos autos. Cómo se tramita y a quienes les corresponde sacarla

Comprar un auto usado a un familiar o conocido; recibirlo como herencia o simplemente adquirirlo en una agencia pero nunca hacer los trámites de transferencia es la situación que hoy se encuentra en el ojo de la tormenta. La cantidad de vehículos que circulan ilegalmente en el país supera los 200.000. Pero eso no es todo, sino que el 40% de los autos que se transfieren no se venden en forma directa de vendedor a comprador, sino que lo hacen con un 08 firmado de manera informal, y allí queda eternamente ese papel sin completar el trámite. Para regularizar esta situación, a partir del 8 de octubre entrará en vigencia la Cédula Provisoria. Es una cédula legal que servirá para circular, pagar los impuestos sobre el bien y ofrecer la seguridad de que el titular es poseedor del auto o la moto. La misma no podrá ser utilizada por terceros y se vencerá al año. Además, el costo del trámite será de 670 pesos. Otra condición es que si hay una denuncia de robo del dominio, no se podrá concretar el traspaso, según La Nación. El trámite puede iniciarse de manera online en www.dnrpa.gov.ar. Los pasos a seguir son:
  • Sacar un turno
  • Presentar una verificación policial
  • Llevar el título o cédula o denuncia, con la manifestación de extravío en caso de que así sea.
  • Tener un libre de deudas del impuesto a la radicación de los automotores
  • Presentar la declaración jurada donde se detallen las circunstancias donde se adquirió el vehículo
Superados todos los pasos, se enviará por correo electrónico una constancia electrónica de posesión (CEP), con la certificación que da fecha a la posesión. La cédula que se emita quedará registrada en los órganos fiscales a fin de notificar al titular registral del trámite inscripto para que firme el 08 o se oponga. Si este firma, se procederá con la transferencia. A la hora de renovar la cédula provisoria deberá presentarse otra verificación. 
Regularización de titularidad según publicación en el Boletín Oficial Artículo 1º.- Los adquirentes de automotores que no cuenten con la Solicitud Tipo “Contrato de Transferencia – Inscripción de Dominio (08)” para inscribir la transferencia a su nombre, podrán presentarse ante el Registro Seccional donde se encuentra radicado el automotor y denunciar tal situación. Artículo 2º.- La Denuncia de Compra y Posesión deberá iniciarse digitalmente, solicitando un turno a través del sistema informático en uso. A ese efecto, previamente el adquirente deberá completar la totalidad de los campos que indique el Sistema y abonar los aranceles que corresponda mediante las plataformas de pago electrónico habilitadas. Cumplido ello, el Registro Seccional la instrumentará mediante el uso de la Solicitud Tipo “TP”. Si el peticionante no hubiera iniciado digitalmente el trámite, el Registro Seccional procederá a iniciar el mismo. Artículo 3º.- En ocasión de presentarse ante el Registro Seccional, el peticionante deberá presentar: a. Documentación del automotor (Título y Cédulas); de no contar con la misma, podrá denunciar su robo, hurto o extravío en ese mismo acto. b. Documento de identidad y constancia de CUIT, CUIL o CDI del presentante. Esto último, salvo que la información tributaria estuviera contenida en el Documento de Identidad. c. Constancia de no registrar deudas del impuesto a la radicación de los automotores (patentes). Si la jurisdicción de que se trate contare con Convenios de Complementación de Servicios vigentes, en caso de existir deudas por ese concepto las mismas deberán ser saldadas en el Registro Seccional. d. Solicitud Tipo “12” con la constancia de haberse practicado la verificación física del automotor en la planta habilitada correspondiente. Si se tratare de una jurisdicción en la que se utilizara la Solicitud Tipo “12-D”, bastará con consignar su numeración identificatoria en la Solicitud Tipo “TP”. e. Un detalle de las circunstancias en que adquirió el automotor, consignando nombre y demás datos que tuviere de quien le otorgó la posesión y fecha de tradición. Esta declaración podrá ser completada al momento de la precarga de los datos en el sistema informático en uso. f. Todo otro elemento que acredite la adquisición, si lo tuviere. g. Manifestación de asumir las responsabilidades inherentes al dueño del automotor, por los daños y gastos que se pudieren haber causado con aquél desde la fecha de la tradición o que se causaren en el futuro, mientras continúe su posesión.
   

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