Reglamentación para cuatriciclos: ¿Dónde se podrán usar?
La Agencia Nacional de Seguridad Vial estableció las características de los corredores y las zonas seguras para circular y se trabaja con los municipios para poner en marcha los controles
El uso de los cuatriciclos es uno de los temas que vuelve al tapete cada vez que se acerca la primavera y más aún el verano. Estos vehículos, que no encuadran en ninguna categoría (ni motos ni autos) carecen de una reglamentación para circular, y por eso más de una temporada veraniega queda ensombrecida por accidentes fatales por el mal uso de los mismos. Para terminar con este problema, el Gobierno empezó a trabajar el 11 de enero pasado, y por medio del Ministerio de Transporte, firmó un decreto que modificó la Ley Nacional de Tránsito 24.449 en el cual se regula la situación de los cuatriciclos. A partir de esta iniciativa, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) elaboró la Disposición Nº 196/2018 donde establece las características de los corredores y las zonas de circulación seguras. Actualmente, Nación, Provincia de Buenos Aires y los municipios trabajan de forma articulada para implementarla este verano y garantizar mayor seguridad vial. Las medidas se tomaron después que especialistas en seguridad vial de la ANSV estudiaron y establecieron cómo deben ser los corredores y las pistas de circulación segura para los cuatriciclos. Es por ello que en la Disposición Nº196 se describen las características y los elementos de seguridad con los que deben contar para evitar accidentes:- Señalética correspondiente que organicen la circulación
- Protecciones en las curvas
- Un único sentido de circulación
- Entradas y salidas demarcadas
- Limitaciones de velocidad
- Pista amarilla: para cuatriciclos hasta 300 cc.
- Pista naranja: para cuatriciclos de más de 300 cc.
- Se regula el uso de cuatriciclos (incluye triciclos motorizados y UTV) y se establecen los requisitos que deberán cumplir para poder circular, cabiéndole las generales de la ley: licencia de conducir, seguro, certificado de Dominio (no patentamiento), etc.
- Se instaura la determinación de calzadas especiales para la circulación de cuatriciclos, entendiéndose por tales a las áreas de la vía pública delimitadas y autorizadas especialmente por la autoridad competente (Municipios). Los cuatriciclos podrán circular por los denominados “corredores seguros”, vías de circulación por las que transitarán y circularán los vehículos para acceder a las “zonas de circulación seguras”, ámbito para el tránsito recreativo.
- Circulación de Cuatriciclos: Planificar las zonas de circulación de cuatriciclos: Una vez definidas dichas zonas de acuerdo a criterios de circulación de las propias áreas de tránsito y transporte de cada Municipio, las mismas deberán ser autorizadas mediante ordenanza municipal. El Municipio podrá delimitar uno o varios corredores (por la vía pública) para acceder a las zonas de circulación, que es el predio donde podrán circular recreativamente los cuatriciclos.
- Sancionar la ordenanza municipal estableciendo y autorizando la circulación de cuatriciclos en los corredores y zonas de circulación delimitados en la vía pública.
- Realizar la señalización de las zonas de acuerdo al Decreto 779, conforme anexo L (la ANSV sugiere enfáticamente que se actue siguiendo estas indicaciones). Cabe resaltar que la señalización podrá realizarse de manera gradual, de acuerdo a la decisión municipal.
- Difusión de los espacios de circulación permitidos. A través de los canales pertinentes (medios de comunicación, folletería, etc.) los Municipios deberán informar sobre las áreas con permiso de circulación para cuatriciclos.
- Controlar a través de los agentes de tránsito designados la circulación de los cuatriciclos por las zonas autorizadas.
- Contar con pista de examinación.
- Contar con un examinador que haya completado los cursos de capacitación de la ANSV/DPPSV y que se encuentren en condiciones de evaluar la idoneidad conductiva de cuatriciclos.
- Control de circulación: El control de circulación por los senderos permitidos se realizará de la misma forma que los actuales controles vehiculares, continuando la competencia de los municipios para controlar tanto los canales de circulación habilitados como la prohibición general de circulación de los cuatriciclos en la vía pública.